Colegio Loyola

PP. Escolapios - Oviedo

Educación Secundaria Obligatoria

Criterios de Promoción y Titulación

A LA ATENCIÓN DE LOS TUTORES, EQUIPOS DOCENTES, ALUMNAS Y ALUMNOS Y FAMILIAS DE ALUMNAS Y ALUMNOS DE EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA.

La implantación de la Ley 2/2006 Orgánica de Educación, hace obligatoria la reforma de diversos documentos de centro, entre los que se encuentra el antiguo Proyecto Curricular de Educación Secundaria.

Reunido el Claustro de Profesores del centro el pasado día 9 de febrero de 2009, se ha aprobado la nueva Concreción Curricular de Educación Secundaria, que sustituye al antiguo Proyecto Curricular.

Dicha Concreción Curricular recoge, entre otros temas, los criterios de Promoción y Titulación a aplicar al alumnado que cursa los actuales estudios de ESO en este centro, que se exponen a continuación para dar conocimiento general de los mismos:

PROMOCIÓN.

El Equipo Educativo decidirá la promoción:

1.1. De los alumnos que hayan sido evaluados positivamente en todas las materias. o tengan evaluación negativa en dos materias como máximo y se repetirá curso con evaluación negativa en tres o más materias.

1.2. De forma excepcional y a propuesta individualizada del Tutor, de aquellos alumnos que aún siendo evaluados negativamente hasta en tres materias, cuando el equipo docente, por decisión mayoritaria de sus miembros, considere que la naturaleza de las mismas no le impide seguir con éxito el curso siguiente, que tiene expectativas favorables de recuperación y que dicha promoción beneficiará su evolución académica.

1.3. De esta excepcionalidad quedarán excluidos los alumnos en los que se haya observado un abandono deliberado de alguna asignatura, tanto por inasistencia a las clases como por la no realización de pruebas de evaluación.

1.4. Independientemente del número de materias evaluadas negativamente, de los alumnos que ya han repetido dos años anteriormente.

TITULACIÓN

1.1. El conjunto de profesores que constituyen la Junta de Evaluación, propondrá para la expedición del Título a los alumnos y alumnas que superen todas las materias de la etapa.

1.2. Asimismo, a propuesta individualizada del Tutor y por decisión mayoritaria del los componentes de la Junta de Evaluación, podrán obtener dicho título aquellos que hayan finalizado el curso con evaluación negativa en una o dos materias, y excepcionalmente en tres, siempre que el equipo docente considere que la naturaleza y el peso de las mismas en el conjunto de la etapa no les ha impedido alcanzar las competencias básicas y los objetivos de la etapa.

1.3. Los alumnos y las alumnas que cursen programas de Diversificación Curricular obtendrán el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria si superan todos los ámbitos y materias que integran el programa. Asimismo podrán obtener dicho título aquellos que, habiendo superado los ámbitos científico tecnológico y el lingüístico y social, tengan evaluación negativa en una o dos materias, o en el ámbito práctico. Excepcionalmente, a estos alumnos se les podrá conceder el título con evaluación negativa en tres materias o en dos y en el ámbito práctico, siempre que a juicio del equipo docente hayan alcanzado las competencias básicas y los objetivos de la etapa, de acuerdo con los criterios que se establezcan en el Programa de Diversificación del centro docente.

1.4. De la posibilidad de obtención del Título con alguna materia suspensa, quedarán excluidos los alumnos, tanto los que cursen el currículo normal, como los que cursen el programa de Diversificación, en los que se haya observado un abandono deliberado de alguna asignatura, tanto por inasistencia a las clases como por la no realización de pruebas de evaluación.

Oviedo, 21 de febrero de 2009.

Enrique Alba Peláez (Director)

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